LAS EMPRESAS QUE NO DEPOSITEN CTS PODRÍAN SER MULTADAS HASTA CON S/. 37 MIL
Las firmas asentadas en el país solo tienen hasta el 15 de noviembre para cumplir con el pago del beneficio. El abogado laboralista Jaime Cuzquén informó que las sanciones podrían aumentar el próximo año.
Las empresas privadas tienen como plazo hasta el viernes 15 de noviembre para depositar a sus trabajadores el segundo pago anual de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Las firmas que no cumplan con esa obligación podrían ser sancionadas hasta con S/.37 mil, indicó el abogado laboralista Jaime Cuzquén.
“Las multas oscilan entre S/.18 mil y S/.37 mil, dependiendo del número de trabajadores afectados por el incumplimiento del pago”, manifestó el especialista a Canal N.
No obstante, agregó que el próximo año, con la implementación de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), se aplicarían multas que podrían llegar a los S/.600 mil.
Respecto al monto a depositarse, indicó que el cálculo de la CTS se realiza en función al sueldo que se percibe más un sexto de la gratificación, para luego dividirlo por 12 meses y multiplicarlo por seis meses. Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo mensual de S/.1,200, le corresponde recibir S/.700 de CTS.
Como se recuerda, las seis primeras remuneraciones por CTS son intangibles y solo una parte del excedente se podrá retirar.
Diario Gestión (04/11/2013)