LA SOLA PRESENTACIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO NO BASTA PARA PROBAR EL CRÉDITO FISCAL

FERIADO 8 DE DICIEMBRE
8 diciembre, 2012
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 286-2012/SUNAT
8 diciembre, 2012

LA SOLA PRESENTACIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO NO BASTA PARA PROBAR EL CRÉDITO FISCAL

 

 

LA SOLA PRESENTACIÓN DE COMPROBANTES DE PAGO NO BASTA PARA PROBAR EL CRÉDITO FISCAL
(TF, RTF 09839-11-2012, 6/20/2012)

Los contribuyentes deben mantener al menos un nivel mínimo de elementos de prueba que en forma razonable y suficiente acrediten que los comprobantes que sustentan su derecho al crédito fiscal corresponden a operaciones reales. Según esta línea jurisprudencial del Tribunal Fiscal, para sustentar el crédito fiscal, en forma fehaciente y razonable, no basta que se cuente con los comprobantes de pago por adquisiciones que en apariencia cumplen con los requisitos sustanciales y formales previstos en la Ley del Impuesto General a las Ventas, sino que, fundamentalmente, se debe demostrar que dichos comprobantes corresponden a operaciones reales. Por otro lado, el tribunal reitera que la administración tributaria tiene facultades para observar la fehaciencia o no de las operaciones tributarias, con el análisis de la contabilidad, el cruce de información con los proveedores, la verificación de los documentos que sustenten el transporte, la entrega y/o almacenamiento de la mercadería, entre otros. (V. P. Pinto de Aliaga)

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